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SEPS actualiza las reglas de riesgo ambiental y social para las cooperativas

24 de octubre de 2026•ENERIT Cyber IntelligenceSeveridad informativa

SEPS actualiza las reglas de riesgo ambiental y social para las cooperativas

La Resolución SEPS-2026-0018 sustituye la norma de 2022 y establece plazos por segmento, evaluación de riesgos en créditos y obligaciones de reporte para cooperativas y mutualistas.

Norma renovada

La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) expidió la Resolución SEPS-SEPS-IGT-IGS-IGJ-INFMR-INGINT-2026-0018 para actualizar la Norma de Control para la Administración del Riesgo Ambiental y Social aplicable a cooperativas de ahorro y crédito y asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda. La resolución fue suscrita el 21 de agosto de 2026 y se publicó en el Suplemento No. 380 del Registro Oficial, el 30 de septiembre. Sustituye la norma de 2022 y su reforma. El cambio se enfoca en cómo las entidades incorporan riesgos ambientales y sociales en el proceso de crédito; no transforma a las cooperativas en autoridades ambientales ni sustituye permisos estatales.

Crédito y riesgos

La regla exige que las entidades establezcan un Sistema de Administración de Riesgo Ambiental y Social (SARAS) dentro de su gestión integral de riesgos. La actividad económica del socio o cliente debe considerarse obligatoriamente para clasificar el riesgo. La magnitud del crédito y la ubicación del negocio pueden usarse como criterios adicionales, pero son elementos opcionales según el texto. En la debida diligencia, la entidad debe solicitar e incorporar al expediente evidencia de permisos y otros requisitos legales aplicables.

Decisiones documentadas

Cuando el análisis identifique riesgos, la decisión puede continuar sin condiciones, incluir medidas correctivas o un plan de acción, o ser rechazada cuando se identifiquen riesgos significativos y el solicitante no esté dispuesto a mitigarlos. La razón de aprobación o negación debe quedar registrada en el acta del comité o en el documento interno. Las medidas acordadas deben constar por escrito antes del desembolso y tener mecanismos de verificación y seguimiento.

Roles y controles

Las cooperativas deben incorporar un manual SARAS con lista de exclusión, metodología de categorización, debida diligencia, proceso de decisión, seguimiento y atención de consultas, quejas o denuncias. Para las operaciones de riesgo alto se contempla una revisión adicional por el oficial designado o por un especialista interno o externo. En segmentos 1, 2 y 3, el Comité de Administración Integral de Riesgos tiene funciones sobre las políticas, metodología y herramientas del sistema. La norma contempla además un Oficial de Riesgo Ambiental y Social designado por la gerencia.

Plazos y reportes

La implementación será progresiva desde la expedición de la resolución: seis meses para segmentos 1 y 2, nueve meses para el segmento 3 y doce meses para segmentos 4 y 5. La norma entró en vigor con su suscripción, por lo que la fecha de publicación en el Registro Oficial no reinicia el calendario. Cada año, hasta el 31 de enero, las entidades deben divulgar información de sus políticas y procedimientos SARAS y remitir a la SEPS un informe de gestión con el acta certificada de aprobación del Consejo de Administración.

Qué reemplaza

La resolución deroga expresamente la norma de 2022 y su reforma. Sus anexos detallan listas y criterios; entre los ejemplos de exclusión aparecen trabajo forzoso o infantil, armas, tabaco, apuestas y ciertas actividades de tala sin permisos vigentes. Estos ejemplos no deben convertirse en una prohibición general a todo un sector sin leer las condiciones de la norma. La lista de exclusión es obligatoria y la entidad debe aplicar su categorización a la actividad económica.

Aplicación práctica

Las entidades deben identificar su segmento, calcular el plazo aplicable, actualizar políticas y manuales, definir responsables y conservar evidencia de cómo SARAS entra en el análisis de crédito. La SEPS puede supervisar el cumplimiento y emitir lineamientos técnicos o formatos complementarios. El instrumento trata riesgos ambientales y sociales del financiamiento; no es una nueva regla general de ciberseguridad. Al manejar expedientes e informes, las entidades siguen sujetas a las reglas de confidencialidad y protección de datos que correspondan. Esta síntesis no sustituye la revisión del documento oficial y sus anexos.

Transparencia editorial

Fuentes y referencias

Esta publicación es una síntesis original. Consulte las fuentes primarias para información técnica completa y actualizaciones.

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